¿Tienes daños por la DANA en tu casa? Esto es lo que te cubre el seguro de hogar

Blog

Noelia Pérez
6 minutos de lectura

Las lluvias torrenciales provocadas por la DANA, que han caído durante todo el fin de semana y siguen cayendo en buena parte de España, sobre todo en el centro y este peninsular, han dejado al menos dos muertos y dos desaparecidos, además de ocasionar inundaciones tanto en las calles como en el transporte público; pero también han afectado a multitud de familias, que tendrán que arreglar los desperfectos de sus viviendas y dar parte a sus seguros.

En estos casos es cuando se ve la importancia de contratar un buen seguro de hogar para tu vivienda. Para saber cuáles son los pasos que seguir en estas situaciones y qué cubre y qué no cubre cada seguro de hogar, desde Banqmi vamos a responder a las preguntas más habituales que los afectados suelen hacerse en estos casos:

¿Qué cubre un seguro de hogar en caso de lluvia?

Normalmente, todos los seguros que se contratan para la vivienda cubren, en caso de lluvias extremas como las de estos días, tanto inundaciones como goteras, filtraciones de agua o desembarros. Eso sí, hay que tener en cuenta que los seguros de hogar solamente cubren los daños causados por la lluvia en caso de que la intensidad de la precipitación sea de alrededor de 40 litros por metro cuadrado y hora, límite que suele ponerse en todas las pólizas. En caso de que se supere esa precipitación, el seguro se hará responsable de todos los daños o el asegurado será indemnizado.

¿Qué daños puede provocar la lluvia y quién los paga?

Por la caída de precipitaciones podrían producirse dos tipos de daños en la vivienda:

  • Inundaciones o filtraciones de agua desde el suelo: En este caso, el Consorcio de Compensación de Seguros es el que se haría cargo de los daños. Para notificar al Consorcio de lo sucedido, el asegurado deberá dar parte a su seguro y es el seguro quien se pone en contacto con el Consorcio. Por ejemplo, si se inunda un garaje, en caso de que esté afectado un vehículo, aunque disponga de un seguro a terceros, la cobertura por lluvias estará garantizada.
  • Inundaciones o filtraciones de agua desde arriba: Los daños estarán cubiertos en función de lo que se establezca en la póliza del seguro de hogar o el seguro de la comunidad. Por ejemplo, si se produce una rotura en una bajante del edificio a causa de la saturación por las copiosas lluvias y produce filtraciones por el techo o las paredes a los vecinos, será el seguro de la comunidad quien se haga cargo de los daños ocasionados y de reparar la avería, siempre y cuando no sea por una falta de mantenimiento.

¿Cómo puedes saber qué cubre tu seguro de hogar?

Antes de solicitar cualquier arreglo o indemnización por daños, debes saber qué tipo de seguro tienes contratado y qué cubre dicho seguro. Si no lo tienes claro, siempre puedes llamar a tu compañía aseguradora para que te informe del plan contratado y así puedas hacerte una idea de qué daños tienes cubiertos y cuáles no.

Y es que, en función de las características de la póliza contratada, habrá seguros que cubran toda afectación en la vivienda, tanto en su contenido (todo lo material que haya dentro de la casa y que se haya visto afectado) como su continente (paredes, techos, suelos…) y otros que solamente cubran el continente.

¿Quién debe dar parte al seguro y cuándo?

Para que el seguro esté al tanto de los daños, el afectado (y, si hay más afectados dentro de la comunidad, también) deberá dar parte a su seguro de hogar y al seguro de la comunidad en un periodo máximo de 7 días desde que se ha producido la avería para que puedan buscar la causa que la ha producido.

En caso de que sea algún vecino el responsable, su seguro de hogar es el que se hará cargo de la reparación de todos los daños: propios, de la comunidad y del resto de afectados, si los hubiera. No obstante, si el daño es responsabilidad de la comunidad de propietarios, se tendrá que hacer cargo el seguro de dicha comunidad.

¿En qué casos no se cubren los daños por lluvia?

Si la avería y los daños no se han producido solamente por la lluvia, sino que han sido ocasionados a raíz de una ventana o puerta abierta o con el cierre defectuoso, así como por defectos de construcción o mantenimiento, ningún seguro se hará cargo de ellos y el arreglo tendrá que ser solventado por los afectados.

Esto mismo pasará si los daños se producen a causa de unas precipitaciones que no superan el rango fijado en la póliza para su cobertura (40 litros por metro cuadrado y hora), ya que una casa debe tener unos mínimos de calidad para sobrevivir a una lluvia moderada o débil sin tener ningún tipo de problema.

¿Qué pasa si no tienes seguro?

En caso de que no dispongas de un seguro de hogar y tú seas el responsable del daño, solamente podrás beneficiarte de alguna compensación en caso de que el Gobierno determine la zona como “zona catastrófica”. Esto beneficia al no asegurado, que dispondrá en este caso de los mismos beneficios que cualquier asegurado.

No obstante, la declaración de “zona catastrófica” no es positivo para quienes sí dispongan de un seguro propio, ya que, en este caso, por ejemplo, no podrá pactar con su seguro la reparación del daño estético, sino que solamente le repararán lo que está en mal estado: si una parte del suelo está dañada, no se cambiará todo el suelo, sino solamente la zona dañada, aunque esto acarree un perjuicio estético para el afectado.

¿El seguro paga una indemnización o arregla los daños?

Que el seguro encargado de cubrir los daños pague su valor o los arregle depende, más que nada, del asegurado. Él es quien decide si prefiere que le den una compensación económica por el desastre ocasionado o que el seguro sea quien se encargue de devolver la vivienda a su estado original.

¿Cuánto tiempo tarda el seguro en pagar o arreglar la avería?

Como mencionamos anteriormente, la ley de contrato de seguros dicta que el afectado tiene un máximo de 7 días desde que se producen los daños para interponer su reclamación a la compañía de seguros pertinente.

Por esta misma ley, la aseguradora dispone de 40 días para abonar al afectado el importe mínimo conocido de los daños, es decir, el seguro debe pagar, al menos, aquello que como mínimo sabe que deberá pagar cuando termine de realizar todas las diligencias. Si la aseguradora tarda más de ese periodo de tiempo en abonar ese dinero deberá acreditar y dar explicaciones pertinentes con pruebas y evidencias objetivas justificando por qué no lo pagó todo dentro los 40 días fijados por ley.

A partir de ahí, tiene tres meses desde la fecha de declaración para abonar las cantidades restantes, en caso de que la cuantía inicial no cubra la reparación de todos los daños por las lluvias. En caso de que se retrase, además deberá pagar el interés legal que haya en ese momento (en 2023 se sitúa en el 3,25%) multiplicado por 1,5 veces, lo que ahora sería alrededor de un 5% más.

Recordemos que el afectado es quien decide si prefiere una compensación económica o el arreglo de los daños por parte de la aseguradora.

¿Cómo se pueden acelerar los tiempos?

Es importante saber que, pese a que en una comunidad haya diferentes vecinos afectados, podrían recibir unos antes la indemnización que otros. Esto se debe a que, en función de las características de la vivienda, el peritaje puede realizarse con mayor o menor rapidez. ¿Qué influye en esto? La velocidad de secado: los peritos no pueden evaluar los daños reales provocados por las lluvias y el alcance de la avería hasta que no está todo seco. Ahí es cuando verdaderamente se aprecia si se puede recuperar algo o no.

Para ello, los expertos recomiendan: 

  • Intentar evacuar todo el agua acumulada en las estancias con la mayor rapidez. 
  • Secar todo lo mojado, si es preciso utilizando aparatos calefactores: muebles, paredes, suelos, techos… 
Compara todos los préstamos del mercado

Compara todos los préstamos del mercado

Existen muchos tipos de préstamos. ¿En qué se diferencian? ¿Cómo se contratan? ¿Cuál es el mejor según tu perfil? Te resolvemos todas las dudas.

Comparar