
¿Me compensa rescatar mi plan de pensiones a los 10 años?
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Los planes de pensiones son productos financieros de inversión destinados al ahorro. El ahorrador realiza aportaciones periódicas cumpliendo una política de inversión determinada, de modo que él mismo o un beneficiario designado tenga derecho, en el futuro, a cobrar unas prestaciones. Estas prestaciones se percibirán por una serie de contingencias, entre las que destaca la jubilación.
Este producto financiero se constituye de manera voluntaria y siempre debe considerarse como un complemento a las prestaciones que se perciban desde la Seguridad Social.
Recientemente, una de las contingencias previstas para poder disponer de los ahorros de los Planes de Pensiones es que las aportaciones cumplan diez años. Este supuesto implica una liquidez ilimitada para aquellos planes de pensiones con al menos diez años de antigüedad. A partir de 2025 se podrán empezar a recuperar ahorros, en concreto las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2015.
¿Qué significa esto? Anteriormente, las contingencias para poder efectuar el rescate de un plan de pensiones eran muy claras y limitantes:
- Desempleo de larga duración, siendo necesario estar en paro al menos durante un año y haber agotado todas las prestaciones (o bien, no tener derecho a ellas por agún motivo).
- Enfermedad grave, siempre que se acredite correctamente.
- Por desahucio de la vivienda habitual.
- Por fallecimiento del beneficiario.
- Por llegar a la edad de jubilación.
Ahora, se suma la edad de las aportaciones, ya que toda aportación con diez años o más se podrá recuperar a partir de 2025. La gran pregunta es si nos compensará este rescate temprano, o no. Hay que decir que esta medida parte de una iniciativa del Gobierno para incentivar el ahorro privado entre los más jóvenes, que ante los supuestos tan exigentes que tenían hasta el momento los planes de pensiones, se les planteaban serias dudas y, por tanto, no optaban por esta modalidad de ahorro.
¿Compensa, o no, rescatar el plan de pensiones a los 10 años?
Mucho nos tememos que, ante una pregunta así, la respuesta es a la gallega: depende. Seimpre dependerá de la situación personal de cada uno, y de la necesidad concreta que tenga. Un plan de pensiones ha de verse como un producto de ahorro a largo plazo, y solo nos lo debemos plantesr cuando somos capaces de ahorrar a largo plazo. Es así de simple. Es un producto pensado para la jubilación, como complemento a la pensión de la Seguridad Social.
Además, hay que tener en cuenta que en el momento del rescate hay que pagar impuestos (tributanto los rescates como rendimientos del trabajo). Esto quiere decir que el rescate se añadirá a nuestros ingresos habituales y así tributaremos para la siguiente campaña de Renta.
No es lo mismo rescatar unas aportaciones con un nivel de ingresos muy bajo que con un nivel de ingresos normal, y tampoco es lo mismo rescatar una porción modesta de los ahorros que todo el importe que podamos (es decir, todas las aportaciones con más de diez años).
En ese sentido, el ahorrador debe valorar muy seriamente las opciones que tiene y el impacto financiero que tendría un rescate anticipado por una contingencia que no sea paro de larga duración, enfermedad grave, jubilación, o en el caso extremo, dependencia o fallecimiento. La contingencia que nos permite rescatar el plan a los diez años es positiva porque aporta flexibilidad a este producto financiero, pero hemos de tener prudencia a la hora de plantearnos un rescate.