
¿Qué puedo hacer si me toca pagar en la declaración de la renta?
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La campaña de la declaración de la renta finalizó el pasado 30 de junio. Una vez hecho el trámite los contribuyentes pueden recibir dos respuestas: pagar o devolver. En el caso de que nos toque pagar, es decir, dar dinero al Estado, existen varias opciones para hacerlo. Desde Banqmi te contamos todo lo que debes saber si has hecho tu declaración vía Internet.
Una vez presentada la declaración, si nos toca pagar tenemos dos opciones: pago no fraccionado o pago fraccionado. En el caso de elegir la segunda, nos tocará realizar un primer pago del 60% del importe el día 2 de julio y otro segundo pago del 40% el próximo 5 de noviembre.
Una vez elegida la opción de pagar a plazos, tenemos dos formas de hacer la operación:
- Domiciliar el pago: tan solo tenemos que poner el IBAN de nuestra cuenta bancaria
- Ingresarlo: para ello necesitaremos el NRC del justificante del pago, dato que conseguiremos cuando vayamos a realizar el pago si hemos entrado a la página de la Agencia Tributaria con el DNI electrónico o Cl@ve. Podemos elegir entre cargo en renta o pagar con tarjeta.
Existen más formas de pagar la declaración de la renta
Estos dos métodos son los más conocidos por los contribuyentes. No obstante, al seleccionar la opción “pago no fraccionado” podemos seleccionar una pestaña llamada “formas especiales de pago”. Aquí encontramos la siguiente lista:
- Reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago: se obtiene una clave con la que más adelante se puede solicitar el aplazamiento del pago.
- Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento: con esta opción solicitamos un aplazamiento de este. Recibiremos una clave de liquidación de deuda para poder realizar dicho trámite.
- Reconocimiento de deuda con solicitud de compensación: solicitar una compensación tras reconocer la deuda contraída con el Estado. Obtendremos una clave de liquidación para poder realizar el proceso.
- Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago: indicamos el importe que queremos pagar aportando su NRC correspondiente y se reconocerá la deuda de la cantidad restante. Obtendremos una clave para solicitar una compensación o un aplazamiento de esa deuda.
- Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento: indicamos el importe que queremos pagar aportando su NRC correspondiente y el importe que deseamos aplazar. Obtendremos una clave para realizar el procedimiento.
- Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con solicitud de compensación: indicamos el importe que queremos pagar aportando su NRC correspondiente y el importe por el que tenemos la intención de solicitar una compensación. Obtendremos una clave para realizar el procedimiento.