¿Cuánto IVA pagas por los productos que compras?

Blog

Equipo Contenidos
4 minutos de lectura

Si hablamos de consumo de productos y servicios, tendremos que hablar necesariamente del Impuesto sobre el Valor Añadido, el famoso IVA. Ese impuesto indirecto que recae sobre el consumo como decimos tanto de productos como de servicios, pero que dependiendo de la tipología de estos, el impuesto es mayor o menor.

A través del IVA se esperan recaudar unos 62.900 millones de euros. Una cantidad nada desdeñable. Pero a pesar de ello y de que España es uno de los países europeos en el que más impuestos se pagan, los datos reflejan que el Estado recauda menos que la media de países europeos.

Este impuesto está regulado por la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Existen tres tipos de IVA, el más reducido que corresponde al 4% (superreducido), el reducido que es el correspondiente al 10% y el tipo general en el que se aplica el 21%. Veamos así cuánto pagamos en concepto de IVA por cada producto o servicio que compramos.

IVA superreducido: 4%

Es el artículo 91.2 el que recoge el tipo superreducido del 4%. Los productos y servicios que quedan gravados por este impuesto son en líneas generales los que se denominan de primera necesidad, los productos y servicios básicos.

En cuanto a alimentos, hablamos de productos como el pan, los lácteos y sus derivados, los huevos, las frutas y verduras, los cereales, harinas… También se le aplica el 4% a aquellos libros, periódicos y revistas que generen menos del 75% de los ingresos por publicidad. También quedan gravados así los medicamentos de uso humano así como los medicamentos para uso humano y los vehículos para personas con movilidad reducida, del mismo modo que las sillas de rueda, prótesis, implantes internos…

Las viviendas de protección oficial también están gravadas con el IVA superreducido, como también lo están los servicios de teleasistencia y ayuda a domicilio.

IVA reducido: 10%

También en el artículo 91 pero en la parte 1 está reflejado a qué se le aplica el tipo reducido, el del 10%. Se trata de los productos alimenticios que sirvan tanto para el humano como para el animal y aquellos que sean necesarios para obtenerlos. También el agua tiene un gravamen del 10% de IVA. Todos aquellos bienes (vegetales o animales) que sirvan para actividades agrícolas o ganaderas también. Aquí entran los medicamentos para uso veterinario y los productos farmacéuticos de uso directo por el consumidor final.

Los servicios de transporte de viajeros (y sus equipajes) y los servicios de hostelería también entran dentro de la categoría del IVA reducido. Así como también los servicios de limpieza de zonas públicas y la recogida de basuras. A las entradas para museos, espectáculos deportivos y exposiciones se les aplica el 10% de IVA, junto a las importaciones y adquisiciones de obras de arte, objetos de colección y antigüedades y las plantas y flores. La reparación de edificios y las viviendas de nueva construcción también se incluyen en dicha categoría.

IVA general: 21%

Se aplica a todo lo que la ley no contempla para el IVA reducido y superreducido y así lo explica en el artículo 90 de la ley. Por poner algunos ejemplos, el 21% de IVA se le aplica a cine, teatro, conciertos, a la compra de coches, a la gasolina, al tabaco y alcohol, a los servicios de telecomunicaciones, al servicio veterinario, a los servicios funerarios, a la ropa y calzado, a los servicios de peluquería…

Islas Canarias sin IVA pero con IGIC, Ceuta y Melilla con el IPSI

Mención especial requieren las Islas Canarias, ya que en ellas no se aplica el IVA, sino que el impuesto que opera es el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario). Este impuesto puede ir desde el 0% hasta el 35%, siendo el tipo general al 7% (de ahí que muchos productos sean más baratos en las Islas Canarias que en la península). En Ceuta y Melilla se aplica el IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación) y puede ir desde el 0,5% al 10%.

Actividades exentas de IVA

Se trata de las actividades que no están gravadas, que están exentas de este impuesto. Nos referimos a 5 grupos de actividades u operaciones, como por ejemplo aquellas operaciones financieras y de seguros (depósitos, préstamos, tarjetas, transferencias o los seguros contratados no incluyen IVA). Otro ejemplo son algunas operaciones inmobiliarias, recordemos que si compramos una vivienda nueva sí hay que pagar el IVA. Las operaciones médicas (hospitalización, asistencia médica) tampoco están sujetas al pago del IVA (en este caso hay que excluir de la exención a lo relacionado con la medicina estética o tratamientos como la acupuntura).

Tampoco están gravadas las actividades educativas tanto públicas como privadas, pero hay que excluir a las clases particulares, extraescolares o cursos a distancia, así como los másters y postgrados que sí están sujetos al pago de IVA. Finalmente, tampoco tendrán IVA las actividades sociales, culturales y deportivas que tengan componente y finalidad social.

Compara todos los préstamos del mercado

Compara todos los préstamos del mercado

Existen muchos tipos de préstamos. ¿En qué se diferencian? ¿Cómo se contratan? ¿Cuál es el mejor según tu perfil? Te resolvemos todas las dudas.

Comparar