
Fondos de inversión: suscripción, reembolso y traspasos
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Éstas son las tres operaciones que puede solicitar un partícipe de un fondo de inversión. Generalmente tanto las suscripciones como los reembolsos se realizan en efectivo, aunque reglamentariamente se podría incorporar que ésta se haga mediante la entrega de activos (no es lo habitual).
Suscripciones:
Es la compra de participaciones de participaciones de un fondo por parte del partícipe, que debe indicar o bien el importe efectivo o el número de participaciones (no tiene porqué ser números enteros) que quiere suscribir.
Ejemplo 1:
Sr. Fondez quiere invertir día 28 de julio de 2014 10.000euros en el fondo «X»
- Valor liquidativo 28/07/14: 12,93euros
- Nominal: 10.000euros
- Número de participaciones compradas: 10.000/12,93= 773,3952049
Ejemplo 2:
Sr. Fund quiere comprar 100 participaciones del mismo fondo el mismo día:
- Valor liquidativo 28/07/14: 12,93euros
- Número de participaciones: 100
- Importe de la inversión: 100×12,93= 1.293euros
Reembolsos:
Es la venta de participaciones de un fondo a favor del partícipe, que debe indicar o bien el importe efectivo o el número de participaciones (no tiene porqué ser números enteros) que quiere reembolsar. Además, en caso de beneficio, la gestora deberá practicar una retención (para 2014 del 21% y 2015 del 19%)) de dichos beneficios.
Ejemplo 1:
Sr. Fondez quiere rescatar día 28 de enero de 2015 10.000euros en el fondo «X»
- Valor liquidativo 28/01/15: 14,23euros
- Nominal: 10.000euros
- Número de participaciones vendidas: 10.000/14,23= 702,740688
Ejemplo 2:
Sr. Fund quiere vender 100 participaciones del mismo fondo el mismo día:
- Valor liquidativo 28/01/15: 14,23euros
- Número de participaciones: 100
- Importe de la inversión: 100×14,23= 1.423euros
Traspasos:
Se trata de que, en una misma orden, el partícipe de un fondo de inversión venda participaciones (total o parcialmente) indicando el número de participaciones que quiere vender o el efectivo (en ningún caso llevaría retención fiscal), para posteriormente comprar con el resultante de la venta participaciones de otro fondo. Éste último puede ser de diferente gestora, política de inversión, etcétera.
Para solicitarlo, el partícipe debe hacerlo a través de la entidad «destino», la cual reclamará el importe a la entidad de origen en el plazo de un día como máximo. Posteriormente la destino, dispone de un máximo de dos días hábiles para recibir la solicitud, realizar las comprobaciones necesarias (titularidad, participaciones…) y en caso de no haber irregularidades tramitar el traspaso el tercer día hábil.
Esta operación, además de suponer una reducción de burocracia para el partícipe, tiene una ventaja fiscal importante: fiscalmente un traspaso no genera ninguna operación tributaria, por lo tanto se mantiene el importe y fecha del fondo origen, no existiendo límites para esta operativa (lo analizaremos profundamente en los apartados V.4 y VI.6).
Condiciones:
- Los titulares de las participaciones del fondo origen y destino deben ser los mismos y en las mismas proporciones
- Los partícipes deben ser personas físicas residentes en España