Preguntas frecuentes sobre los planes de pensiones

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En este capítulo seleccionamos las veinte preguntas más frecuentes sobre los planes y fondos de pensiones, algunas de ellas extraídas de la sección iAhorradores de iAhorro.com. Para resolver cualquier duda, puedes descargarte gratis nuestra Guía de planes de pensiones.

¿Cuál es la diferencia entre un plan de pensiones y un fondo de pensiones?

El plan de pensiones es el producto que contrata el ahorrador, que queda integrado dentro de un fondo de pensiones que es la figura patrimonial que tiene los activos en los que, indirectamente, invierte el ahorrador.

¿Se puede cambiar el titular de un plan de pensiones?

No se puede cambiar el titular de un plan; sí se puede cambiar, cuantas veces se quiera, el beneficiario.

¿Está garantizado un plan de pensiones en caso de quiebra de la entidad?

Las aportaciones realizadas a un plan de pensiones se integran en un fondo de Pensiones que a su vez se gestiona y administra por una entidad gestora y la entidad financiera solo actúa como entidad depositaria (custodia los títulos en que se materializan las inversiones como principal función). Es decir, que la entidad financiera actúa lado como comercializadora del producto por la que genera comisiones y le sirve para fidelizar y vincular clientes, pero el plan de pensiones está garantizado como instrumento de ahorro de forma ajena y diferente a otras imposiciones que en la misma entidad realicemos. El riesgo sería que los activos del fondo de pensiones estén invertidos en la entidad quebrada.

¿Tiene la misma seguridad un plan de pensiones garantizado que un PPA?

El plan de pensiones garantizado, ofrece una rentabilidad “garantizada” mientras se cumplan condiciones de pago de los activos de deuda que tiene el fondo, mientras que en el caso que a través del PPA es la compañía aseguradora la que asume el riesgo.

¿A qué edad es aconsejable comenzar un plan de pensiones?

Viendo las perspectivas de las pensiones públicas, cuanto antes mejor, en el momento que se pueda ahorrar algo a muy largo plazo.

¿Se pueden contratar dos planes de pensiones al mismo tiempo?

Dentro de los límites legales, se pueden contratar cuantos planes de pensiones que se quieran de la categoría de inversión que sea.

¿Si me quedan más de 10 años para jubilarme y se supone que la bolsa a largo plazo siempre sube, es mejor que haga una plan de pensiones de renta variable?

Sin ser del todo cierta esta afirmación (podemos ver no solo acciones sino que también índices que no la han cumplido), hay muchas posibilidades de obtener rentabilidades muy altos, aunque la lejanía de la fecha de jubilación no está exenta con no hacer seguimiento de la cartera, para evitar épocas de crashes bursátiles.

¿Si no realizo la declaración de IRPF, es conveniente hacer un plan de pensiones?

En principio no, debido a que la principal ventaja de éstos es fiscal, se puede optar por otro vehículo de inversión. Una opción es que, si no se superan los 8.000 euros de rendimientos, sea el cónyuge quien haga estas aportaciones, limitadas a 2.000 euros, para beneficiarse fiscalmente.

¿Vale la pena aportar a un Plan de pensiones, si lo que ahorro fiscalmente en las aportaciones lo tengo que pagar cuando lo rescate?

Esta afirmación depende de la forma de rescate y de otras variables personales (otros ingresos…); de todas formas, si el beneficio fiscal se reinvierte a través de otro vehículo de inversión, la rentabilidad que ofrezca supera cualquier penalización fiscal en el rescate.

¿Una persona jubilada, puede seguir aportando a planes de pensiones?

Sí, mientras no se haya iniciado el cobro de la prestación, ya que es incompatible aportar y cobrar prestaciones por la misma contingencia de forma simultánea.
Se podría seguir haciendo, pero las nuevas prestaciones solo pueden ir destinadas a contingencias de jubilación.

¿Conviene aportar a un Plan de pensiones que hagan un regalo?

Los regalos tributan fiscalmente como rendimientos de “capital mobiliario en especie” por lo tanto, en base a la legislación actual, tributa entre un 21 y un 27% de su valor.
El coste de estos regalos, repercute directamente en el valor del fondo de pensiones, siendo un gasto más de éste.

¿Hay que decir a la entidad qué quiero hacer con mi plan de pensiones una vez me jubile?

Desde 2007 un partícipe que se jubile no precisa comunicar a su gestora la forma en la que desea percibir la prestación (capital, renta o salida mixta) o si quiere seguir realizando aportaciones, aunque, si lo hace, no podrá acceder a la prestación por contingencia de jubilación sobre estas aportaciones realizadas y quedarán únicamente disponibles para las contingencias de fallecimiento y dependencia.

¿Si una vez alcanzada la edad de jubilación sigo trabajando, puedo cobrar el plan de pensiones?

No, la contingencia es la jubilación, no haber llegado a la edad de jubilación; por lo tanto, habrá que esperar a la jubilación efectiva.

¿Puedo movilizar los derechos consolidados de un plan de pensiones que me han adjudicado por herencia?

Sí, los traspasos los puede solicitar tanto el tomador, como el partícipe como el beneficiario del plan de pensiones.

¿Se puede traspasar un plan de pensiones una vez jubilado?

Un cliente puede movilizar el saldo acumulado de un plan de pensiones a otro, en cualquier momento, tantas veces como quiera y sin costes.
No obstante, si el plan de pensiones es del Sistema de Empleo, donde el promotor del plan es la empresa para la cual trabajaba el partícipe y éste ya ha cumplido los 65 años de edad, ya no podrá ejercitar este derecho.

¿Puede acogerme a la reducción del 40% de las prestaciones en forma de capital que hice antes del 31/12/2006 si lo traspasé a otro en una fecha posterior a ésta?

No hay ningún problema, la entidad destino debe facilitar todos los datos administrativos económico y fiscales, por lo que la fecha de aportaciones se mantiene aunque el plan sea diferente.

¿Puedo rescatar un plan de pensiones si me han aplicado un Expediente de Regulación de Empleo (ERE)?

No se cubriría la contingencia de jubilación, pero podría entrar dentro de los supuestos extraordinarios para paro de largo duración; en cualquier caso no debería cobrar prestación por desempleo o que ésta ya se haya extinguido.

¿Si no se ha designado beneficiarios de un plan de pensiones, quién sería en caso de fallecimiento?

Al no indicar beneficiarios, serían los herederos legales; hay que tener en cuenta que los planes de pensiones figurarán aparte del testamento.

¿Es mejor rescatar un plan de pensiones en forma de renta o de capital?

Fiscalmente hablando, es mejor hacerlo en forma de renta, ya que el impacto sobre la fiscalidad es mucho menor; en caso de tener aportaciones anteriores a 2007, puede compensar este impacto gracias a la bonificación del 40%.

¿Qué producto es mejor para ahorrar cara a la jubilación, el plan de pensiones, el PPA, el PIA o los fondos de inversión?

Es una pregunta sin respuesta. Todos los productos tienen sus ventajas y sus inconvenientes, dependerá de las condiciones particulares de cada persona, incluso cabe la posibilidad de que una misma persona ahorre a través de los cuatro vehículos de inversión.

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