El embargo es una medida coercitiva ordenada por un juez o por la administración (Agencia Tributaria, Seguridad Social, etc.) para asegurar el cobro de una deuda. Cabe recalcar que los bancos son meros ejecutores: si reciben una orden judicial, están obligados a bloquear el saldo de la cuenta del deudor; no tienen margen de decisión ni responsabilidad sobre el proceso.
Prestamo Capital de Reunificación de deuda
Es necesario tener una vivienda como aval cuya hipoteca pendiente no sea mayor del 30% del valor
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Es necesario tener una vivienda como aval cuya hipoteca pendiente no sea mayor del 30% del valor
El préstamo a solicitar debe ser al menos de 10.000€ y no superar el 40% del valor de la propiedad que se ofrece como aval.
Bloqueo de fondos: La cuenta queda inmovilizada automáticamente.
Retención: El dinero se queda en la cuenta pero es inaccesible para el deudor.
Plazo de oposición: Tienes 20 días para impugnar si el embargo es incorrecto o si el importe excede lo legal.
Transferencia: Tras el periodo legal, el dinero se transfiere al organismo acreedor.
La protección de los bienes de terceros
El principio fundamental de nuestra ley es la responsabilidad personal. Las autoridades solo pueden acceder a cuentas donde el nombre del deudor figure como titular o cotitular autorizado.
¿Qué bienes se pueden embargar exactamente?
Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, el embargo sigue un orden de prelación para evitar dejar al deudor sin medios de subsistencia:
Dinero en efectivo o saldos en cuentas corrientes.
Créditos, valores o títulos a corto plazo.
Sueldos, salarios o pensiones (respetando siempre el Salario Mínimo Interprofesional).
Bienes muebles (joyas, vehículos).
Bienes inmuebles (viviendas, locales).
¿Qué hacer si recibes una notificación de embargo?
Si te encuentras en situación de impago, no entres en pánico. El primer paso es revisar la procedencia de la notificación y, si estás en una situación de inestabilidad, buscar asesoramiento financiero legal para evitar ejecuciones sobre tus bienes personales antes de que el proceso avance.
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