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Presentar la declaración de la renta conjunta con hijos es una de las opciones más frecuentes para reducir la carga fiscal en las familias. Sin embargo, no siempre es la modalidad más rentable. En este artículo, analizamos quiénes pueden solicitarla, cómo funcionan las exenciones por maternidad y paternidad, y las claves para padres separados.

La Agencia Tributaria permite la tributación conjunta a las unidades familiares. En el caso de tener hijos existen dos modalidades principales:
Desde la sentencia del Tribunal Supremo en 2018, las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad y paternidad están exentas de IRPF. Esto significa que:
Podemos solicitar la devolución del IRPF por hijos de dos formas:
La devolución media suele rondar los 1.600 euros para madres y 383 para padres, aunque depende directamente de las retenciones practicadas. Si tus ingresos fueron bajos (menos de 14.000 euros anuales) y no tuviste retenciones es probable que no haya importe a devolver.
Una de las dudas más frecuentes surge cuando los padres no conviven. En el caso de padres separados sin custodia compartida, la normativa de Hacienda es muy específica sobre quién puede desgravarse por los hijos:
Solo el progenitor que tenga la custodia de los hijos puede formar unidad familiar con ellos y presentar la declaración en modalidad conjunta monoparental. El progenitor sin custodia deberá presentarla siempre de forma individual.
A diferencia de la declaración conjunta, el mínimo por descendientes (la reducción en la base imponible por cada hijo) puede ser compartido.
Para el progenitor que no convive con el hijo (sin custodia), las cantidades pagadas en concepto de alimentos por decisión judicial no reducen la base imponible, pero reciben un tratamiento especial:
Como norma general, la declaración conjunta suele interesar a las familias donde uno de los miembros no tiene ingresos o estos son muy bajos. En el caso de las familias monoparentales (separados con custodia), existe una reducción adicional en la base imponible de 2.150 € anuales, que se suma al mínimo por descendientes, haciendo que esta opción sea muy atractiva.
Consejo experto: Antes de confirmar el borrador, utiliza el simulador de la Agencia Tributaria para comparar el resultado entre «Individual» y «Conjunta», ya que el ahorro puede variar significativamente según tu situación personal.