
Mi hijo trabaja, ¿cómo tengo que hacer la declaración de la renta?
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Fiscalmente tener hijos dentro de la unidad familiar suponen cambios importantes en la declaración de la renta, principalmente por la vía de las deducciones. No podemos olvidar que si con carácter el mínimo por declaración, ya sea individual o conjunta, es de 5.500 euros, ésta se incrementa si hay descendientes a cargo:
- 2.400 euros para el primer hijo.
- 2.700 euros por el segundo hijo.
- 4.000 euros por el tercer hijo.
- 4.500 euros para el cuarto y los siguientes.
Para tener derecho a estas deducciones hay que cumplir una serie de requisitos:
- Que sean menores de 25 años a la fecha de devengo del Impuesto sobre la Renta, a 31 de diciembre como norma general, o si ha fallecido el contribuyente el día que se produjo el óbito.
- Deben convivir con el progenitor o progenitores que lo incluye en la declaración.
- Y por último los requisitos económicos relacionados con los hijos que son dos: que no haya tenido rentas superiores a 8.000 euros y que no haya presentado la declaración de la renta por haber obtenido ingresos superiores a 1.800 euros.
¿Qué se considera renta?
Los supuestos económicos son por tanto los más complejos. Por ello es importante analizar los ambos.
En el primer caso, las rentas superiores a 8.000 euros conllevan no poder aplicarse la deducción ¿Pero qué se considera renta? En este caso además de los ingresos por salarios o actividades profesionales o económicas hay que incluir el capital mobiliario (intereses o ganancias por activos financieros) y las inmobiliarias (como alquiler), pero también otras ganancias patrimoniales como las derivadas de venta de activos, ya sean acciones o inmuebles entre muchos otros. Estos ingresos son siempre netos; es decir, se descuentan los gastos asumidos, tanto en la compra como en la venta.
Ingresos por encima de 1.800 euros y hasta 8.000 euros
Un supuesto más habitual es nuestro hijo o hija ha conseguido ingresos por encima de 1.800 euros, ya como la norma señala con claridad puede presentar la declaración de la renta. Por tanto tiene que analizar muy bien qué es lo que conviene o no.
Si el hijo o hija presenta declaración individual del IRPF, con rentas superiores a 1.800 euros el resultado es que ninguno de los padres podrá aplicarse el mínimo por descendiente. Esto conlleva la pérdida de la mayor deducción. Por ejemplo si se tienen tres hijos y el derecho de deducción es de 2.400 + 2.700 + 4.000, aunque sea el primer hijo o mayor, la deducción por dos hijos será de 2.400 + 2.700.
Incluso teniendo solo un hijo lo más normal es que no sea conveniente que el hijo presente la declaración, ya que su devolución, aunque haya tenido retenciones será muy inferior a lo que pierden sus progenitores.
Por tanto lo mejor es incluir al hijo, y por tanto sus rentas conseguidas dentro de la declaración de sus padres a modo conjunto. Esto implica que se introduzcan todos sus datos económicos, ingresos y retenciones, siempre claro está que convivan con los padres y tenga una edad inferior a los 25 años.