¿Quién debe hacer la declaración de la Renta?

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Es probable que te preguntes si estás obligado a presentar la declaración de la Renta. Lo cierto es que en la campaña de Renta 2022 se presentan una serie de novedades fiscales. El Gobierno ha elevado el mínimo exento de tributación y actualmente son menos las personas que deben realizar la declaración de la Renta.

En este contexto, ¿quién está obligado y quién está exento de hacer la declaración de la renta? A continuación, te mostramos las claves.

¿Cuándo se está obligado a hacer la declaración de la Renta?

Como norma general, en España tienen que presentar la declaración de la Renta todos los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Según la Ley del IRPF, son contribuyentes de este impuesto las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español y aquellas de nacionalidad española que tengan residencia en un territorio considerado como paraíso fiscal. 

Además, también algunas personas que tienen residencia en el extranjero, según ciertas circunstancias previstas en la Ley.

Es decir, todos aquellos que obtienen ingresos considerados como rentas y están sujetos al IRPF. Bien sean trabajadores por cuenta propia, ajena, pensionistas, etc.

Sin embargo, existen algunas exenciones. Lo más habitual es que se aplique una delimitación según una cuantía de ingresos y no tengan obligación de declarar aquellos contribuyentes con rentas más bajas.

Dicho de otro modo, estás obligado a hacer la declaración de la Renta como norma general, a no ser que tengas unas rentas inferiores a los máximos establecidos por la normativa vigente en materia tributaria. También podemos encontrar exenciones en función de la situación personal y familiar del contribuyente.

Por otra parte, están obligados a hacer la declaración de la Renta todos los autónomos que ingresen más de 1.000 € anuales.

¿Cuáles son los ingresos por sujetos a declaración?

Por lo  que respecta a los ingresos sujetos a este impuesto, en su artículo 6, la mencionada Ley del IRPF expone qué tipos de ingresos son considerados como rentas:

  • Los rendimientos del trabajo.
  • Los rendimientos del capital.
  • Los rendimientos de las actividades económicas.
  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • Las imputaciones de renta que se establezcan por ley.

Existen otra serie de ingresos que no están sujetos al IRPF, bien se porque están gravadas con otros impuestos o porque la legislación prevé que aquellas personas que las obtienen deben ser favorecidas (por ejemplo, las prestaciones públicas extraordinarias por actos de terrorismo y las pensiones derivadas de medallas y condecoraciones por tales actos).

¿Quién está exento de realizar la declaración de la Renta?

Lo común es que únicamente deban presentar declaración aquellas personas que hayan tenido unos rendimientos del trabajo superiores a los 22.000 € durante el ejercicio económico, siempre y cuando provengan de un único pagador.

Una de las novedades fiscales que se presentan es la reducción por rendimientos del trabajo, la cual se aplicará sobre salarios brutos de entre 15.000 € y 21.000 €, lo cual conlleva una rebaja del IRPF para el 50% de los trabajadores.

En el supuesto de que el contribuyente tenga dos o más pagadores, están exentos de presentar declaración si sus ingresos no superan los 15.000 €. Se trata de un cambio reflejado en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, el Gobierno elevó de 14.000 € a 15.000 € el mínimo exento para declarar el IRPF.

Este aumento del mínimo para hacer la declaración de la Renta se debe a la pretensión de elevar el SMI, el cual está fijado en los 14.000 € anuales actualmente (14 pagas de 1.000 € mensuales). 

En todo caso, cuando existe más de un pagador, la suma de las cantidades percibidas por el segundo y restantes deben superar en conjunto la cantidad de 1.500 € anuales para que se aplique este máximo.

¿Los pensionistas están exentos de hacer la declaración de la Renta?

Las pensiones son consideradas como rentas del trabajo y la Seguridad Social es considerado como un pagador. 

Así pues, a los pensionistas se les aplica el mismo modelo anterior para saber si están obligados a presentar la declaración. Es decir, perciben una prestación de la Seguridad Social (un pagador) y tienen impuestos los mencionados límites para estar obligados o exentos de presentar la declaración de la Renta.

En caso de que el pensionista tenga más de un pagador, puesto que perciben ingresos de su plan de pensiones privado, el mínimo exento para declarar IRPF queda fijado en los 15.000 € anuales (siempre y cuando perciban del segundo pagador más de 1.500 € al año).

Cabe la pena considerar que que si rescatan cantidades del plan de pensiones, perciben pensiones del extranjero o han percibido otras prestaciones o salarios en el mismo ejercicio, también se consideran como un segundo pagador.

Así pues, los pensionistas son considerados como trabajadores por cuenta ajena, también son contribuyentes y están dentro de quién hace la declaración de la Renta, como norma general. 

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