
¿Qué pasa si no pago un préstamo?
Consejos
Actualmente pedir un préstamo es relativamente sencillo. Nos metemos en la página web de una entidad y con tan solo dos clics podemos conseguir financiación. Sin embargo, si no controlamos nuestros gastos es probable que acabemos teniendo problemas para devolver el préstamo. ¿Qué hacemos entonces?
Si no pago un préstamo… ¿Qué consecuencias tiene?
No pagar un préstamo implica una serie de consecuencias que nos pueden afectar a corto y largo plazo. Vamos a conocerlas con detalle.
Intereses de demora
Cuando contratamos un préstamo lo normal suele ser que la compañía que nos ha prestado el dinero incluya una cláusula que especifique que, en caso de que nos retrasemos en el pago, tendremos que pagar lo debido junto a una comisión por retrasarnos en el pago.
Esta comisión, que suele ser un porcentaje, dependerá de la entidad con la que hayamos contratado el producto y de las condiciones del préstamo.
El caso pasa al entorno judicial
Si los impagos se extienden a lo largo del tiempo puede ocurrir que la entidad realice una reclamación judicial para exigirnos el pago de la deuda. Para ello tendremos que utilizar todo lo necesario, incluidos los bienes que estén a nuestro nombre.
Pasar a una lista de morosos
Si no pagamos la deuda puede ocurrir que la compañía prestamista nos inscriba en una lista de morosos como ASNEF o RAI.
Si nos encontramos en una de estas listas es probable que no podamos contratar ningún préstamo ni servicio (luz, agua, gas, teléfono…) a nuestro nombre durante como máximo 5 años, tal y como estipula le legislación vigente. En caso de que paguemos nuestra deuda antes de ese periodo podremos pedir que nos quiten de la lista.
Las deudas se quedan en la herencia
En el caso de que tengamos una deuda y no la paguemos cuando fallezcamos es posible que sean nuestros herederos los que tengan que asumir su pago.
Soluciones si no pago un préstamo
Puede ocurrir que nos encontremos con dificultades para terminar de pagar un préstamo y no queramos caer en el impago. En ese caso podemos optar entre dos soluciones:
- Hablar con la entidad para llegar a un acuerdo: podemos reducir las cuotas o estar unos meses sin pagar para recuperarnos y después empezar a devolver el dinero.
- Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad: se trata de la Ley 25/2015. Se trata de un mecanismo con el que se busca liquidar la deuda a través de dos formas: utilizando el patrimonio o estableciendo un plan de pagos. Para acogerse a esta Ley hay que cumplir una serie de requisitos:
- Hay que tener deudas con, como mínimo, dos acreedores distintos. Puede estar al corriente de dichos pagos.
- Debe poder justificar que es insolvente y no contar con el patrimonio suficiente como para saldar la deuda.
- Hay que acreditar que las deudas se han contraído actuando de buena fe. Esto significa que el interesado no debe haber sido condenado los últimos diez años por delitos económicos o patrimoniales contra la administración pública.
Si una persona ya se ha acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en otra ocasión se podrá acoger de nuevo, pero habrán tenido que pasar cinco años desde entonces.