La Hipoteca Vamos de Ibercaja no cobra comisión de apertura, pero en caso de realizar un reembolso o amortización anticipada (ya sea parcial o total), se aplican las compensaciones máximas reguladas por la Ley de Crédito Inmobiliario según el tipo de interés contratado.
En el caso de una hipoteca fija la compensación por reembolso anticipado puede ser de hasta un 2 % durante los primeros 10 años de vigencia del contrato (o los primeros 5 años según la modalidad mixta contratada) y del 1,5 % para el resto del plazo, siempre que suponga una pérdida financiera para el banco.