
Declaración de la renta 2021: Estas son las fechas y novedades a tener en cuenta
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El próximo 6 de abril llega el momento de rendir cuentas a Hacienda a través de la presentación de las declaraciones por internet, tal y como informa el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. Es lo que todos conocemos como la campaña de la Declaración de la renta.
Como todos los años, la campaña de la renta corresponde con los ingresos obtenidos en el año anterior, en este caso 2021 y estará activa entre el 1 y 30 de junio de manera ordinaria. No obstante, a partir del 6 de abril podrán presentarse las primeras declaraciones de IRPF y Patrimonio a través de su web.
Del mismo modo, a partir del 5 de mayo hasta el 30 de junio, podrá presentarse la declaración telefónicamente, y entre el 1 y 30 de junio los contribuyentes podrán realizar su declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria.
En definitiva, el plazo para realizar la declaración de la renta termina el 30 de junio, pero es necesario tener toda la documentación presentada para el lunes 27 de junio.
Novedades renta 2021
La declaración de la renta no es la misma todos los años, puesto que Hacienda suele incluir o quitar algunos apartados. A continuación, vamos a destacar todas las novedades de interés.
Modificación de tramos
El cambio más notorio es el destinado a aquellos contribuyentes con rentas anuales altas (aproximadamente, el 0,17% de la población), concretamente las superiores a 300.000 euros. A estos perfiles el tipo impositivo les aumenta hasta el 47%. Asimismo, incrementará tres puntos (26%) a aquellos contribuyentes cuyas rentas de capital asciendan a los 200.000 euros.
Estas modificaciones, implicaran un impacto de 491,4 millones de euros, tal y como estima el Ministerio de Hacienda.
Eficiencia energética
Como novedad dentro de este ejercicio, los contribuyentes podrán realizar deducciones por obras o reformas destinadas a mejorar la eficiencia energética de la vivienda. Hay que tener en cuenta que dichas obras han debido de realizarse a partir del 6 de octubre de 2021.
Es importante recordar que todas estas modificaciones tienen que estar acreditadas mediante el certificado de eficiencia energética de la vivienda, expedido por un técnico profesional.
Las deducciones son las siguientes:
- Deducción de un 20% para la disminución de la demanda de la calefacción y la refrigeración en viviendas. Esto significa que la reforma ha tenido que reducir al menos un 7% el gasto energético. No se aplicará en ocasiones en las que la obra se realice en garajes, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas, ni en la parte de la vivienda que pueda afectar a una actividad económica. Máximo se podrán deducir 5.000 euros.
- Deducción de un 40% tras la realización de obras para la mejora del consumo de energía primaria no renovable. Es decir, reducir el gasto de aquellas energías que no han sufrido ningún proceso de transformación para su uso: gas, por ejemplo. Máximo 7.500 euros Válido hasta 31 de diciembre de 2022.
- Deducción de un 60% en obras de rehabilitación energéticas realizadas en viviendas residenciales, así como en otros espacios de ésta (trasteros y plazas de garaje). Se deducirán como máximo 5.000 euros. Válido hasta el 31 de diciembre de 2023.
Prestación de volcán palma
Las ayudas concedidas a los afectados por el volcán de La Palma están completamente exentas del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas. Esto implica que a los contribuyentes no les va a cambiar la declaración por recibir estas subvenciones.
Criptomonedas
A partir de este ejercicio será necesario informar sobre las criptomonedas que se tengan y cualquier operación que se realice con ellas. Se tendrán en cuenta todas las operaciones realizadas desde el 11 de julio de 2021. Dado que tributan como cualquier ganancia patrimonial se le aplica el tipo impositivo correspondiente según el tramo en el que se encuentre.
ERTE e Ingreso mínimo vital
Es importante recordar que los ERTE son considerados rendimientos del trabajo, por lo que deben declararse obligatoriamente, salvo que el conjunto de dicho rendimiento no se sitúe en los 22.000 euros.
Por otro lado, el ingreso mínimo vital también tributa y es necesario declararlo. Por ello, todas las personas que puedan ingresar esta ayuda abonan el IRPF. Es una forma con la que el estado revisa los ingresos de las personas que reciben esta ayuda.
Estas son algunas de las novedades que presenta la declaración de la renta este ejercicio, pero seguiremos publicando información de interés con respecto a este tema para poder aclarar todas las dudas que puedan surgir en el momento de su realización.